La respuesta corta: notificá, esperá un plazo razonable y reclamá el reintegro
Si en tu alquiler surge una reparación urgente —una pérdida de agua importante, una cañería rota, una falla que afecta la habitabilidad— y el locador no responde después de que lo notificaste, el Código Civil y Comercial te habilita a hacer la reparación urgente y reclamar el reintegro del gasto. No tenés que aguantar una emergencia indefinidamente si el dueño guarda silencio: la ley contempla justamente ese escenario, siempre que avises primero y le des una oportunidad real de resolver.
La clave está en el orden y en la prueba. Primero notificás de forma fehaciente. Segundo, le das un plazo razonable según la urgencia. Tercero, si no responde, resolvés la urgencia y guardás las facturas para reclamar el reintegro. Lo que conviene evitar es descontar del alquiler por tu cuenta sin acuerdo, porque eso puede transformar una situación en la que tenías razón en un conflicto evitable.

Qué se considera una urgencia
Una reparación urgente es la que no puede esperar sin agravar el daño o sin afectar la posibilidad de vivir con normalidad. Casos típicos: una pérdida de agua importante que moja paredes o pisos, una cañería rota que inunda, una pérdida de gas (que además es una emergencia de seguridad), una falla eléctrica peligrosa, o la rotura del único baño o del termotanque en pleno invierno. No la define solo el tipo de problema sino la imposibilidad de postergarlo sin riesgo o sin perder el uso de la vivienda.

Qué dice el Código
El Código Civil y Comercial pone a cargo del locador conservar la cosa locada en estado de servir al uso convenido y hacer las reparaciones que ese deber implica (art. 1201). Cuando se trata de una reparación urgente y el locador, notificado, no actúa, el ordenamiento habilita al locatario a realizarla y a reclamar lo gastado. Podés leer el texto oficial del Código en argentina.gob.ar y el DNU que cambió el régimen general en el texto del DNU 70/2023.

Cómo notificar de forma fehaciente
Usá un medio que deje constancia de que avisaste, cuándo lo hiciste y qué pediste. Un mail o un mensaje guardado sirven para muchos casos; para situaciones serias, un telegrama o una carta documento dan un respaldo más fuerte. En el mensaje describí el problema, pedí expresamente la reparación y, si es urgente, dejalo escrito junto con el plazo que otorgás. Esa notificación es la que después te permite probar que el locador tuvo la oportunidad de resolver y no lo hizo.
Qué pasa si la urgencia la causó el inquilino
El derecho a reclamar el reintegro aplica a las reparaciones necesarias que corresponden al locador: las que surgen del desgaste, la antigüedad o un defecto de la propiedad. Si la urgencia la provocó el propio inquilino, las personas que dependen de él o sus visitas, el costo es del inquilino aunque haya que resolverlo de inmediato. La causa del problema vuelve a ser lo que define quién termina pagando, incluso en una emergencia.
Tres ejemplos para actuar bien
Ejemplo 1 — Caño que se rompe un domingo. Un caño viejo se rompe y el agua corre. Mandás un mensaje con foto al dueño, no responde en horas, llamás a un plomero, resolvés la urgencia y guardás la factura. Reclamás el reintegro: es una reparación necesaria por antigüedad.
Ejemplo 2 — Termotanque que falla en invierno. El termotanque deja de calentar por desgaste. Notificás y das un plazo de un par de días; el dueño no actúa. Lo arreglás y reclamás el gasto, con el aviso y la factura como respaldo.
Ejemplo 3 — Pérdida de gas. Sentís olor a gas: primero es seguridad, cortá la llave y llamá a la urgencia de la distribuidora. Avisá al dueño en paralelo. Si la reparación corresponde por desgaste o defecto, reclamás el reintegro; si fue por mal uso, el costo es tuyo. Para una referencia de costos, mirá los precios de plomero.
Resumen para no equivocarte
Notificá de forma fehaciente, dale al dueño un plazo acorde a la urgencia, resolvé solo si no responde y guardá todo para reclamar el reintegro. No descuentes del alquiler por tu cuenta sin acuerdo. Para entender cómo se reparte el costo según la causa, leé quién paga el plomero en un alquiler; y para el régimen completo de reparaciones en 2026, mirá quién paga las reparaciones según la ley de alquileres en 2026. Si la urgencia es eléctrica, también podés mirar los precios de electricista.
Última actualización: 14 de junio de 2026.
¿Tenés una urgencia en tu alquiler?
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Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso particular, consultá con un abogado.
Fuentes oficiales
Cada afirmación regulatoria de esta guía se apoya en una fuente oficial. Verificá siempre la información en la fuente original antes de tomar una decisión.
El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso convenido; cuando una reparación urgente es necesaria y el locador, notificado, no la realiza en un plazo razonable, el locatario puede efectuarla y reclamar el reintegro del gasto (Código Civil y Comercial, art. 1201).
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) — argentina.gob.ar · CCyC art. 1201 (conservación + reparaciones urgentes)
El locatario responde por los deterioros que cause por su culpa o la de las personas que de él dependen; el derecho a reclamar el reintegro aplica a las reparaciones necesarias a cargo del locador, no a los daños causados por el inquilino (Código Civil y Comercial, arts. 1206 y 1207).
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) — argentina.gob.ar · CCyC arts. 1206–1207 (responsabilidad del locatario)
El DNU 70/2023 derogó la Ley de Alquileres 27.551, por lo que el régimen general de la locación —incluida la relación de reparaciones entre las partes— se rige por el Código Civil y Comercial y la libertad de pacto (DNU 70/2023, art. 249).
Fuente: DNU 70/2023 — argentina.gob.ar · DNU 70/2023 art. 249 (deroga la Ley 27.551)
